Pueden solicitar estas ayudas personas jurídicas y físicas (autónomos), con residencia fiscal permanente en España, y que cumplan los siguientes requisitos:
- Editoriales que tengan como actividad y objeto social principal la edición de libros y/o revistas culturales.
- Empresas distribuidoras cuya facturación en libros y/o revistas culturales sea de al menos el 60% del total de su volumen de negocio.
- Librerías que cuenten con hasta cinco establecimientos, con independencia de su número de empleados, cuyo objeto social principal sea la venta de libros y que estos supongan, al menos, el 60% de su facturación total.
- Empresas dedicadas a las artes gráficas que estén registradas como tales en el epígrafe del IAE con el código 474 correspondiente a "Impresión de textos o imágenes por cualquier procedimiento o sistema".
¿En qué consisten?
Las ayudas están dirigidas a financiar las siguientes líneas:
Mejorar las herramientas de gestión editorial, mediante sistemas unificados de gestión integral administrativa, comercial, contable, web, bases de datos, relación con los autores on-line, o cualesquiera otros sistemas que se orienten a este fin.
Modernizar las empresas distribuidoras de libros y logística, potenciando la inversión tecnológica en herramientas digitales entre las empresas del sector para optimizar los procesos de comercialización y distribución del libro.
Modernizar las librerías, mejorando su competitividad, incorporando la digitalización a sus procesos y programas de gestión, y haciéndolas más sostenibles medioambientalmente. Desarrollar e implementar la impresión bajo demanda en el sector del libro, generando la optimización de procesos y nuevas oportunidades de negocio.
El importe máximo de estas ayudas por beneficiario no podrá, en ningún caso, superar el 80% del coste total del proyecto presentado.
Son compatibles con la percepción de otras subvenciones o ayudas procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
¿Cómo y cuándo solicitarlas?
Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte en el apartado “procedimientos y ayudas”.
El plazo de presentación de solicitudes se extiende hasta 10 de agosto de 2023.